¿Quiénes pueden tramitar una jubilación por Invalidez?
Este beneficio previsional puede ser solicitado por personas con una incapacidad laboral dictaminada del 66% o más. Si la misma se produce estando el agente en relación de dependencia Provincial o Municipal, el rol de Caja corresponde al IPS, aun cuando exista mayor cantidad de años de servicios en otras Cajas.
¿Qué documentación general se requiere?
Formulario 136;
DNI frente y reverso, (original y copia) del o la solicitante;
Constancia de CUIL o CUIT.
En caso de ser extranjero certificación de CUIL provisoria, expedida por ANSES;
Último recibo de sueldo (original y copia);
Cuatro (4) pantallas ANSES ;
Certificación de Servicios (original), deben estar certificados los 36 meses
consecutivos o los 60 meses alternados del mejor cargo;
Acto administrativo de Cese (original), que determine el cese por invalidez;
Dictámenes (original) de la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de
Bs. As y junta médica del IPS o copia certificada por autoridad competente;
Poder/Carta poder. (opcional)
¿Qué documentación específica se requiere en cada caso?
A la documentación general deberán sumar lo siguiente, según cada caso: Para agentes cuyo mejor cargo ejercido haya sido a nivel jerárquico o superior Acto administrativo de designación y cese (original): Cuando el mejor cargo ejercido
haya sido a nivel jerárquico o superior, se deberá agregar acto administrativo de designación
y cese del mismo.
Para agentes con aportes a otras cajas previsionales, servicios autónomos y/o
monotributistas
Expediente de Reconocimiento de Servicios (original) emitido por la respectiva Caja
Previsional.
Cuando se presente un Reconocimiento de Servicios de ANSES con
servicios autónomos y/o monotributistas, se deberán agregar las siguientes
constancias impresas emitidas por la AFIP:
Sistema Registral de Datos –pantalla Reflejo de datos registrados, a
través del Botón Exportar;
Historial de Categorías –pantallas de Categorías históricas de autónomos y/o categorías históricas monotributistas (Se descarga
con clave fiscal de la página de AFIP);
No se tomarán en consideración, los períodos de autónomo/monotributista
que no cuenten con la baja respectiva en AFIP del componente de aporte
previsional;
Sólo serán computados los servicios autónomos reconocidos como
"fehacientes”, en el marco de la circular 65/17 de ANSES, de lo contrario los
mismos no serán tenidos en cuenta;
Certificación del mejor cargo (original): En caso de que el mejor cargo se haya
desempeñado con aportes a otra Caja previsional. Certificado (original) expedido por el
empleador donde se informe el mejor cargo desempeñado durante 36 meses consecutivos
o 60 alternados, indicando Agrupamiento, Clase o Categoría y Régimen Horario. En el mismo
deberá indicarse la remuneración que le hubiese correspondido percibir de continuar en
actividad, desde la fecha de cese y hasta el momento de la presentación, detallando
concepto por concepto (Sueldo básico, Antigüedad y/u otros adicionales de carácter habitual,
regular y permanente). La firma del mismo deberá estar avalado por autoridad competente
(juez de paz, escribano público) o entidad bancaria con la cual opera la organización
empleadora;
En el caso de que el interesado haya desempeñado cargos docentes en colegios
pertenecientes a la órbita nacional (luego transferidos a la órbita provincial) deberá
adjuntar una certificación (original) expedida por la Escuela correspondiente por los
servicios reconocidos en el expediente nacional en donde se informe: el mejor cargo
desempeñado por el titular durante 36 meses consecutivos simultáneos o 60 meses
alternados, y en el caso de horas cátedra/módulos, indicar la cantidad con sus respectivas
altas y bajas.
LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA RESULTA CONDICIÓN
INDISPENSABLE Y OBLIGATORIA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE.
¿Cómo inicio el trámite jubilatorio?
Digital: Dede solicitar un turno presencial a través de: https://turnos.ips.gba.gob.ar Habilitada para agentes cesados en la administración pública provincial y organismos descentralizados, Poder Judicial, Poder Legislativo, órbita nacional pública y privada.
Sistema Digital Autogestión: “Mi IPS”: Habilitado para agentes cesados en escuelas privadas. Ingresar a https://www.ips.gba.gob.ar/autogestion/login
Sistema Digital Empleadores: Deberá dirigirse a la Dirección de recursos humanos de su organismo Empleador
Jubilación Ejecutiva: Habilitado para agentes cesados en la Administración pública, exclusivo para organismos que utilizan entorno SIAPE. Deberá dirigirse a la Dirección de recursos humanos de su organismo Empleador.
Para tener en cuenta: Si sos representante legal (padre o madre de un menor de 18 años) o representante judicial (Tutor, Curador,
Guardador o Responsable de un Sistema de Apoyo) previamente Ingrese aquí para conocer la documentación adicional.