Jubilación por invalidez

    Este beneficio previsional puede ser solicitado por personas con una incapacidad laboral dictaminada del 66% o más. Si la misma se produce estando el agente en relación de dependencia Provincial o Municipal, el rol de Caja corresponde al IPS, aun cuando exista mayor cantidad de años de servicios en otras Cajas.
  • Formulario 136;
  • DNI frente y reverso, (original y copia) del o la solicitante;
  • Constancia de CUIL o CUIT. En caso de ser extranjero certificación de CUIL provisoria, expedida por ANSES;
  • Último recibo de sueldo (original y copia);
  • Cuatro (4) pantallas ANSES ;
  • Certificación de Servicios (original), deben estar certificados los 36 meses consecutivos o los 60 meses alternados del mejor cargo;
  • Acto administrativo de Cese (original), que determine el cese por invalidez;
  • Dictámenes (original) de la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de Bs. As y junta médica del IPS o copia certificada por autoridad competente;
  • Poder/Carta poder. (opcional)

  • A la documentación general deberán sumar lo siguiente, según cada caso:
    Para agentes cuyo mejor cargo ejercido haya sido a nivel jerárquico o superior
    Acto administrativo de designación y cese (original): Cuando el mejor cargo ejercido haya sido a nivel jerárquico o superior, se deberá agregar acto administrativo de designación y cese del mismo.

    Para agentes con aportes a otras cajas previsionales, servicios autónomos y/o monotributistas
  • Expediente de Reconocimiento de Servicios (original) emitido por la respectiva Caja Previsional.

    Cuando se presente un Reconocimiento de Servicios de ANSES con servicios autónomos y/o monotributistas, se deberán agregar las siguientes constancias impresas emitidas por la AFIP:
    • Sistema Registral de Datos –pantalla Reflejo de datos registrados, a través del Botón Exportar;
    • Historial de Categorías –pantallas de Categorías históricas de autónomos y/o categorías históricas monotributistas (Se descarga con clave fiscal de la página de AFIP);
    • No se tomarán en consideración, los períodos de autónomo/monotributista que no cuenten con la baja respectiva en AFIP del componente de aporte previsional;
    • Sólo serán computados los servicios autónomos reconocidos como "fehacientes”, en el marco de la circular 65/17 de ANSES, de lo contrario los mismos no serán tenidos en cuenta;
    • Certificación del mejor cargo (original): En caso de que el mejor cargo se haya desempeñado con aportes a otra Caja previsional. Certificado (original) expedido por el empleador donde se informe el mejor cargo desempeñado durante 36 meses consecutivos o 60 alternados, indicando Agrupamiento, Clase o Categoría y Régimen Horario. En el mismo deberá indicarse la remuneración que le hubiese correspondido percibir de continuar en actividad, desde la fecha de cese y hasta el momento de la presentación, detallando concepto por concepto (Sueldo básico, Antigüedad y/u otros adicionales de carácter habitual, regular y permanente). La firma del mismo deberá estar avalado por autoridad competente (juez de paz, escribano público) o entidad bancaria con la cual opera la organización empleadora;
    • En el caso de que el interesado haya desempeñado cargos docentes en colegios pertenecientes a la órbita nacional (luego transferidos a la órbita provincial) deberá adjuntar una certificación (original) expedida por la Escuela correspondiente por los servicios reconocidos en el expediente nacional en donde se informe: el mejor cargo desempeñado por el titular durante 36 meses consecutivos simultáneos o 60 meses alternados, y en el caso de horas cátedra/módulos, indicar la cantidad con sus respectivas altas y bajas.


    • LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN INDICADA RESULTA CONDICIÓN INDISPENSABLE Y OBLIGATORIA PARA EL INICIO DEL TRÁMITE.
    • Digital: Dede solicitar un turno presencial a través de: https://turnos.ips.gba.gob.ar Habilitada para agentes cesados en la administración pública provincial y organismos descentralizados, Poder Judicial, Poder Legislativo, órbita nacional pública y privada.
    • Sistema Digital Autogestión: “Mi IPS”: Habilitado para agentes cesados en escuelas privadas. Ingresar a https://www.ips.gba.gob.ar/autogestion/login
    • Sistema Digital Empleadores: Deberá dirigirse a la Dirección de recursos humanos de su organismo Empleador
    • Jubilación Ejecutiva: Habilitado para agentes cesados en la Administración pública, exclusivo para organismos que utilizan entorno SIAPE. Deberá dirigirse a la Dirección de recursos humanos de su organismo Empleador.

    Para tener en cuenta: Si sos representante legal (padre o madre de un menor de 18 años) o representante judicial (Tutor, Curador, Guardador o Responsable de un Sistema de Apoyo) previamente Ingrese aquí para conocer la documentación adicional.