Derivada derechohabientes

    En caso de fallecimiento del beneficiario serán acreedores al beneficio los derechohabientes en el siguiente orden:
  • Viuda/o;
  • Conviviente: Quien pretende acreditar una relación de convivencia, deberá, a los fines previsionales, demostrar la notoriedad, singularidad y permanencia de la unión convivencial que invoca por el plazo no menor a 5 años con anterioridad a la fecha del deceso de la persona fallecida. El plazo anterior se reducirá a 2 años años cuando hubiere hijos/hijas en común, o el causante haya sido soltero, viudo, separado legalmente o divorciado;
  • Hijos/as menores de edad al momento del fallecimiento y hasta su mayoría de edad;
  • Hijos/as incapacitados para el trabajo, mientras dure la incapacidad.
  • Formulario 184;
  • Formulario IPS/SDDHH;
  • DNI (frente y reverso) del o la solicitante;
  • Constancia de CUIL o CUIT. En caso de ser extranjero certificación de CUIL provisoria, expedida por ANSES;
  • Acta de defunción.

  • Para Acreditar la condena / puesta a disposición / y/o privación de la libertad, en los términos del Art. 1 de la ley 14042 y Art. 3 Decreto 273/10):
  • Copia certificada de resolución judicial;
  • Copia certificada de Decreto del Poder Ejecutivo Nacional o Provincial;
  • Copia certificada de documento público emanado de organismos estatales Nacionales o Internacionales;
  • Copia certificada de resolución de Tribunal Militar;
  • Copia certificada de resolución del Consejo de Guerra;
  • Otro documento público que pueda acreditar la privación de la libertad (legajo de la Comisión Provincial por la Memoria, Legajo de Unidad Penitenciaria, Resolución de otorgamiento del Beneficio de las Leyes Reparatorias 24.043 y 25.914, etc).

  • Para Acreditar domicilio en la Provincia de Buenos Aires al momento del hecho generador del Beneficio (artículo 2 ley 14042 y Art 3 Decreto 273/10)
  • Certificación emitida por la Junta Electoral;
  • DNI (frente y reverso);
  • Recibo de sueldo;
  • Información sumaria ante autoridad judicial;
  • Factura de servicio a nombre de la víctima;
  • Legajo laboral;
  • Escritura de inmueble;
  • Boleto de compra venta con fecha cierta;
  • Notas o cartas remitidas al domicilio por organismos oficiales;
  • Contrato de alquiler con fecha cierta;
  • Otra prueba que pueda dar fe del domicilio en la provincia de Buenos Aires al momento de la privación de la libertad.
  • Poder/ Carta poder (opcional).


  • DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA

    Para cónyuges Acta de matrimonio actualizada, con fecha posterior al fallecimiento. https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/solicitud_de_partidas_online

    Para Convivientes Información sumaria judicial.

    Para hijos/as menores de edad, al momento del fallecimiento y hasta su mayoría de edad Acta de nacimiento de los hijos/hijas. https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/solicitud_de_partidas_online

    Para hijos/as menores o mayores de 18 años incapacitados para el trabajo
    • Acta de nacimiento de los hijos/hijas; https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/solicitud_de_partidas_online;
    • Testimonio de la designación judicial (en caso que lo solicite un tutor/a) ;
    • En caso estar incapacitado/a para el trabajo, presentar certificado médico emanado de Hospital Público o Ministerio de Salud de la Provincia de Bs As.

    Importante: En el caso de actas y certificados de defunción, nacimiento y matrimonio expedidas en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deberán estar certificadas por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, a menos que hubieran sido generadas y firmadas de manera electrónica; si fueran del interior del país por el Ministerio del Interior, si fueran del extranjero por el Ministerio de Relaciones Exteriores, salvo que tuvieran Apostilla de la Haya o sello de Exento de legalización (acuerdos bilaterales entre países), adjuntando la traducción de las mismas.
    • Para iniciar el trámite Ingrese aquí
    • Una vez en el sistema, seleccione la opción: Ley 14042- Pensión Derivada Derechohabientes - NO PRESENCIAL

Para tener en cuenta: Si sos representante legal (padre o madre de un menor de 18 años) o representante judicial (Tutor, Curador, Guardador o Responsable de un Sistema de Apoyo) previamente Ingrese aquí para conocer la documentación adicional.