Cambio de banco

Únicamente se podrá solicitar un cambio para percibir los haberes en otra entidad bancaria que no sea Banco de la Provincia de Buenos Aires, siempre y cuando no exista este último en la localidad donde reside.
Todos los jubilados y pensionados que residan en el interior del país, cobrarán sus haberes a través del Banco Nación, sin excepción.
Para percibir haberes en el exterior del país, deberá abrir una cuenta bancaria a su nombre en un banco del país donde residirá. El pago de haberes se realizará a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires quien determinará y descontará el costo de dicho servicio al momento de transferir los haberes.
Sí. Para un cambio de sucursal bancaria a otro país, deberá denunciar ante este Instituto el nuevo domicilio donde esté residiendo, debiendo dejar constituido también, a efectos legales, un domicilio dentro de la provincia de Buenos Aires.
Los pagos en el exterior no se ajustan al cronograma de pagos dispuesto para la provincia de Buenos Aires. Aquellos beneficiarios que residen fuera del país, para poder percibir su haber deberán aguardar los tiempos administrativos de la entidad bancaria en la que percibirán sus haberes.