Procedimientos de inicio
Jubilación digital docente
El docente inicia su trámite jubilatorio con la “Certificación de Servicios” que realiza su Empleador, es decir, Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE). Por medio de la web: https://abc.gob.ar/, en el link: Jubilaciones:
- 1- El docente revisa su hoja de vida y la confirma.
- 2- Realiza Declaración Jurada, Formulario de Juicio, DNI, 4 pantallas, Servicios Nacionales (si tuviere), Recibo de Haberes.
- 3- La Dirección de Certificaciones recibe el trámite y confirma la recepción al mail institucional del docente.
- 4- Luego, también por mail, el docente recibe usuario y clave de Mi IPS, donde podrá acceder a:
- 4.a Certificación de Servicios, el titular debe revisar y en caso de estar conforme, se debe notificar en conformidad.
- 4.b Firma el Empleador (DGCyE)
- 4.c Se envía al IPS
En IPS
- 1- Se recepciona el trámite y controla toda la documentación.
- 2- Regulación del derecho Docente: determina el mejor cargo, realiza correlación. Luego se confirma la misma.
- 3- Determinación del Derecho Docente: determina porcentaje del beneficio, antigüedad y simultaneidad (cómputo). Se confirma el cómputo.
- 4- Subdirección de Prestaciones Docentes: confirma expediente GDEBA y remite a Fiscalía de Estado.
- 5- Fiscalía de Estado: es un organismo de control. Analiza el expediente y emite Vista.
- 6- Resoluciones: confecciona el acto administrativo
- 7- Secretaria de Actas: pone a la firma la resolución y la registra.
- 8- Comunicación de Actos Prestacionales: remite la resolución al docente para que se notifique
- 9- Subdirección de Prestaciones Docentes:con la notificación, el expediente aguarda el envío del Cese en los servicios o el informe del anticipo, según corresponda. (este envío lo realiza el Empleador)
- 10- Inclusiones: puesta al pago de la jubilación.
ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS DOCENTES DE ESCUELAS PÚBLICAS
Autogestión por “MI IPS”:
ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS DOCENTES DE ESCUELAS PRIVADAS
Jubilación papel/escaneada
- El agente gestiona un turno web para asistir presencialmente a un CAP a presentar la documentación.
- El día del turno, si toda la documentación está completa, el agente del CAP procede a escanearla e inicia el expediente, cargando la solicitud en el sistema azul y generando el correspondiente registro en el sistema WEB-IJD.
- El expediente es enviado al área de Correlaciones.
En ambos casos, ya sea JUBILACIÓN DIGITAL o JUBILACIÓN PAPEL / ESCANEADA, la misma puede ser solicitada:
- CON CESE DEFINITIVO:El agente no está activo. Al final del trámite, luego de notificada la Resolución que otorga el beneficio, el expediente se remite a INCLUSIONES para proceder al alta al pago de la mensualidad y del retroactivo a la fecha de cese. En caso de que el agente se encuentre percibiendo el anticipo jubilatorio, se solicita previamente el informe al Empleador, para descontar dichas sumas del retroactivo.
- POR CIERRE DE CÓMPUTOS: El agente está activo. Al final del trámite, luego de notificada la Resolución, el agente o el Empleador (según sea la modalidad por la que haya tramitado) debe agregar el acto de cese, y una vez agregado, se envía a INCLUSIONES.
Jubilación ejecutiva
- El agente presenta su solicitud y demás documentación (Ej. Reconocimiento de Anses, otras certificaciones, copia de DNI, etc.) en el área de Personal de su Organismo Empleador donde cesa.
- El Empleador se encarga de remitir por SIAPE una certificación de servicios provisoria al IPS.
- El IPS recibe la información, y si es correcta, le da el alta transitoria al pago.
- De este proceso, en el Sistema Azul solo se ve un expediente iniciado, pero sin movimientos.
- Luego el Empleador remite la documentación en papel, y se forma el expediente físico, para proceder al pase a definitivo del beneficio.