Procedimientos de inicio


ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS DOCENTES DE ESCUELAS PÚBLICAS
El docente inicia su trámite jubilatorio con la “Certificación de Servicios” que realiza su Empleador, es decir, Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE). Por medio de la web: https://abc.gob.ar/, ingresando a "Jubilaciones".
  • 1- El docente revisa su hoja de vida y la confirma.
  • 2- Realiza Declaración Jurada, Formulario deI inicio, DNI, 4 pantallas de ANSES, Servicios Nacionales (si tuviere), Recibo de Haberes.
  • 3- La Dirección de Certificaciones recibe el trámite y confirma la recepción al mail institucional del docente.
  • 4- Luego, también por mail, el docente recibe usuario y clave de Mi IPS, donde podrá acceder a:
  • A. Certificación de Servicios, el titular debe revisar y en caso de estar conforme, se debe notificar en conformidad.
  • B. Firma el Empleador (DGCyE).
  • C. Se envía al IPS.

En IPS
  • 1- Se recepciona el trámite y controla toda la documentación.
  • 2- Regulación del Haber Docente: determina el mejor cargo, realiza correlación. Luego se confirma la misma.
  • 3- Determinación del Derecho Docente: determina porcentaje del beneficio, antigüedad y simultaneidad: Cómputo. Se confirma el cómputo.
  • 4- Subdirección de Prestaciones Docentes: confirma expediente GDEBA y remite a Fiscalía de Estado.
  • 5- Fiscalía de Estado: es un organismo de control. Analiza el expediente y emite Vista.
  • 6- Resoluciones: confecciona el acto administrativo.
  • 7- Secretaria de Actas: pone a la firma la resolución y la registra.
  • 8- Comunicación de Actos Prestacionales: remite la resolución al docente para que se notifique.
  • 9- Subdirección de Prestaciones Docentes: con la notificación, el expediente aguarda el envío del Cese en los servicios o el informe del anticipo, según corresponda (este envío lo realiza el Empleador).
  • 10- Inclusiones: puesta al pago de la jubilación.
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Autogestión por “MI IPS”(Esta modalidad se aplica para los docentes de escuelas privadas)
  • El circuito de inicio es similar al anterior, con la diferencia de que es el propio interesado el que reúne la documentación y la remite al IPS, a través de la Plataforma “MI IPS”.


    • El agente gestiona un turno web para asistir presencialmente a un CAP a presentar la documentación.
    • El día del turno, si toda la documentación está completa, el agente del CAP procede a escanearla e inicia el expediente, cargando la solicitud en el sistema azul y generando el correspondiente registro en el sistema WEB-IJD.
    • El expediente es enviado al área de Correlaciones.

    ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS AGENTES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, PODER JUDICIAL Y PODER LEGISLATIVO.

    En ambos casos, ya sea JUBILACIÓN DIGITAL o JUBILACIÓN PAPEL / ESCANEADA, la misma puede ser solicitada:
    • CON CESE DEFINITIVO:El agente no está activo. Al final del trámite, luego de notificada la Resolución que otorga el beneficio, el expediente se remite a INCLUSIONES para proceder al alta al pago de la mensualidad y del retroactivo a la fecha de cese. En caso de que el agente se encuentre percibiendo el anticipo jubilatorio, se solicita previamente el informe al Empleador, para descontar dichas sumas del retroactivo.
    • POR CIERRE DE CÓMPUTOS: El agente está activo. Al final del trámite, luego de notificada la Resolución, el agente o el Empleador (según sea la modalidad por la que haya tramitado) debe agregar el acto de cese, y una vez agregado, se envía a INCLUSIONES.
    • El agente presenta su solicitud y demás documentación (Ej. Reconocimiento de Anses, otras certificaciones, copia de DNI, etc.) en el área de Personal de su Organismo Empleador donde cesa.
    • El Empleador se encarga de remitir por SIAPE una certificación de servicios provisoria al IPS.
    • El IPS recibe la información, y si es correcta, le da el alta transitoria al pago.
    • De este proceso, en el Sistema Azul solo se ve un expediente iniciado, pero sin movimientos.
    • Luego el Empleador remite la documentación en papel, y se forma el expediente físico, para proceder al pase a definitivo del beneficio.

    ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS AGENTES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS QUE UTILIZAN SIAPE