¿Quiénes pueden solicitar el subsidio Ley 13.802/09- bomberos voluntarios?
Los bomberos voluntarios que formen parte de las Instituciones bomberiles reconocidas como tales por la provincia de Buenos Aires.
¿Cuáles son los requisitos para iniciar el trámite?
Acreditar haber prestado servicios efectivos como tales durante veinticinco (25) años en forma continua o alternada;
Se encuentren prestando servicios y alcancen los sesenta (60) años de edad siempre y cuando acrediten haber prestado servicios durante veinte (20) años, en forma continua o alternada;
Se hayan incapacitado en forma total y permanente para ejercer funciones bomberiles en o por actos de servicio;
Los interesados deberán haber prestado servicios efectivos en Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Buenos Aires, por un período en forma consecutiva o alternada superior a trece (13) u once (11) años respectivamente;
¿Qué documentación obligatoria se requiere?
Para iniciar el trámite, no es necesaria la entrega de documentación en el IPS. Toda la documentación se incluye en el expediente iniciado en la Dirección General de Defensa Civil.
¿Cómo inicio la solicitud
Dirección General de Defensa Civil – Calle 53 Nº1079