Procedimientos de inicio
Jubilación digital
1) Por el Empleador:
- El agente presenta su solicitud y demás documentación (Ej. Reconocimiento de Anses, otras certificaciones, copia de DNI, etc.) en el área de Personal de su Organismo Empleador donde va a cesar o donde presentó la renuncia por cierre de cómputo.
- El Empleador se encarga de remitir esa documentación al IPS, más la Certificación Digital de Servicios, y el acto de Cese (excepto que sea un cierre de cómputo)
- La documentación ingresa a “Jubilación Digital” y queda en estado “PENDIENTE” en el Sistema Web-IJD.
- Un Operador revisa la documentación.
- Si es correcta, se acepta el pedido y pasa al estado “EN REVISIÓN”, y el expediente aparece en el Sistema Azul enviado desde Jubilación Digital a Correlaciones.
- Si falta documentación se hace la observación y se le informa al Empleador. Si la solicitud no puede ser admitida, se produce el rechazo.
ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS AGENTES MUNICIPALES y DOCENTES DE ESCUELAS PÚBLICAS
2) Por “MI IPS”:
- El circuito de inicio es similar al anterior, con la diferencia de que es el propio interesado el que reúne la documentación y la remite al IPS, a través de la Plataforma “MI IPS”.
ESTA MODALIDAD SE APLICA PARA LOS DOCENTES DE ESCUELAS PRIVADAS
Jubilación papel/escaneada
- El agente gestiona un turno web para asistir presencialmente a un CAP a presentar la documentación.
- El día del turno, si toda la documentación está completa, el agente del CAP procede a escanearla e inicia el expediente, cargando la solicitud en el sistema azul y generando el correspondiente registro en el sistema WEB-IJD.
- El expediente es enviado al área de Correlaciones.
En ambos casos, ya sea JUBILACIÓN DIGITAL o JUBILACIÓN PAPEL / ESCANEADA, la misma puede ser solicitada:
- CON CESE DEFINITIVO:El agente no está activo. Al final del trámite, luego de notificada la Resolución que otorga el beneficio, el expediente se remite a INCLUSIONES para proceder al alta al pago de la mensualidad y del retroactivo a la fecha de cese. En caso de que el agente se encuentre percibiendo el anticipo jubilatorio, se solicita previamente el informe al Empleador, para descontar dichas sumas del retroactivo.
- POR CIERRE DE CÓMPUTOS: El agente está activo. Al final del trámite, luego de notificada la Resolución, el agente o el Empleador (según sea la modalidad por la que haya tramitado) debe agregar el acto de cese, y una vez agregado, se envía a INCLUSIONES.
Jubilación ejecutiva
- El agente presenta su solicitud y demás documentación (Ej. Reconocimiento de Anses, otras certificaciones, copia de DNI, etc.) en el área de Personal de su Organismo Empleador donde cesa.
- El Empleador se encarga de remitir por SIAPE una certificación de servicios provisoria al IPS.
- El IPS recibe la información, y si es correcta, le da el alta transitoria al pago.
- De este proceso, en el Sistema Azul solo se ve un expediente iniciado, pero sin movimientos.
- Luego el Empleador remite la documentación en papel, y se forma el expediente físico, para proceder al pase a definitivo del beneficio.