Jubilación digital

Pueden iniciar este tipo de solicitud, todos aquellas personas cuyo último empleador corresponda a un municipio de la provincia de Buenos Aires, Dirección General de Cultura y Educación o cualquier Colegio privado de la provincia de Buenos Aires.
No, si tu último empleador fue alguno de los descriptos anteriormente la tramitación debe ser obligatoriamente mediante la modalidad de Jubilación Digital.
Pueden iniciarse por esta modalidad los trámites de: Jubilación ordinaria, Jubilación por edad avanzada, Jubilación por incapacidad, Solicitud de reajuste y Reconocimientos de servicios.
Sí, puede iniciarse por esta modalidad tanto un Reconocimiento de servicios por cierre de cómputos como cualquiera de las prestaciones descriptas anteriormente por cierre de cómputos.
Podes consultar el trámite por la web del IPS:
  • Si fue iniciado por tu empleador, sabrá que fue recepcionado por el IPS cuando el mismo posea número de expediente;
  • Si fue iniciado por la modalidad autogestión, el mismo es recepcionado por el IPS desde el momento de la confirmación de envío del trámite.
Sí, se puede iniciar tanto un reajuste por cese definitivo como por cierre de cómputos.
Para notificarte del acto resolutivo dictado por el Instituto de Previsional Social, deberás ingresar al siguiente link con el usuario y clave que fuera otorgado por el empleador. https://www.ips.gba.gob.ar/web-ips/indexBciario.jsp. Dentro del sistema, deberá seleccionar la opción “CONSULTA DE NOTIFICACIONES”
Si no estás de acuerdo con el acto resolutivo podes notificarte en disconformidad del mismo.
Si realizaste un cierre de cómputos, podrás cesar en tus servicios una vez que se encuentra dictado y notificado el acto resolutivo del Instituto de Previsional Social que te otorgue el beneficio peticionado. Si te desempeñaste en la Dirección General de Cultura y Educación, recibirás mediante el ABC la notificación del día de cese brindado por el ente empleador.
Podés realizar el seguimiento de tu expediente mediante la consulta de expedientes en la web del Instituto de Previsión Social. Si de la consulta, verificas que el mismo se ha caratulado en GDEBA, podrá realizar el seguimiento mediante este link https://sistemas.gba.gov.ar/consulta/expedientes/busqueda1.php.
Si tu mejor cargo fue desempeñado en otra órbita, deberás incorporar al trámite digital el Reconocimiento de servicios completo y el formulario E-190 con firma certificada.
No, el alta de la cuenta bancaria se realiza de manera automática. La tarjeta de débito, emitida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, te llegará a tu domicilio.
No, aún no se encuentra habilitada la presentación del trámite de pensión.
Si no estás de acuerdo con tu liquidación podés presentar un reclamo, previa solicitud de un turno: https://turnos.ips.gba.gob.ar/