Ley 10.727/88- Asignación vitalicia escritores

Serán acreedores a esta asignación vitalicia mensual quienes hayan obtenido u obtengan el gran Premio de Honor "Almafuerte", que cada tres años concede la Sociedad de Escritores de la provincia de Buenos Aires. Este beneficio es compatible con cualquier otra remuneración por empleos públicos o privados y/o con cualquier haber que se perciba en concepto de jubilación o pensión.
  • Formulario 184;
  • DNI (frente y reverso) del/la solicitante;
  • Constancia de CUIL o CUIT. En caso de ser extranjero certificación de CUIL provisoria, expedida por ANSES;
  • Diploma del Gran Premio de Honor Almafuerte certificado por el Instituto Cultural de la provincia de Buenos Aires;
  • Certificado emitido por el Instituto Cultural de la provincia de Buenos Aires;
  • Poder/Carta Poder (opcional)
  • Para iniciar el trámite Ingrese aquí
  • Una vez en el sistema, seleccione la opción: Ley 10.727-Asignación Vitalicia Escritores

Para tener en cuenta: Si sos representante legal (padre o madre de un menor de 18 años) o representante judicial (Tutor, Curador, Guardador o Responsable de un Sistema de Apoyo) previamente Ingrese aquí para conocer la documentación adicional.

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